La Ley 21.342 estableció la obligación al empleador de contratar un seguro obligatorio COVID-19 a todos los trabajadores que estén prestando servicios presencialmente. Al no hacer otra distinción que ella es aplicable y exigible a las comunidades esta obligación, la que deberá ser cumplido en tiempo y forma. Sin Embargo, esta obligación perdurará hasta la vigencia de la alerta sanitaria decretada por la institución competente.